Transmisión de participaciones: Aspectos legales que no puedes pasar por alto - Formación para Empresarios, Managers y Directivos
+34 966 26 30 27 executive@doeua.es
Transmisión de participaciones: Aspectos legales que no puedes pasar por alto

La Ley de Sociedades de Capital establece el régimen de transmisión de las participaciones sociales de una Sociedad Limitada (SL). Este texto regula en sus arts. 106 y ss. el régimen de transmisión de las participaciones sociales, permitiendo que cada sociedad pueda establecer otras reglas distintas en sus estatutos, aunque respetando ciertos límites imperativos.

A este respecto, las transmisiones que no se ajusten a los previsto en la Ley o, en su caso, en los estatutos, no producirán efecto alguno frente a la sociedad.

En este sentido, hay tres tipos de transmisiones:

1. Transmisión voluntaria por actor inter vivos.

  • Salvo disposición contraria en los estatutos, la transmisión voluntaria de participaciones entre socios, cónyuges, ascendientes, descendientes o sociedades del mismo grupo es libre. En otros casos, se aplican las reglas establecidas por los estatutos o la Ley.
  • Para transmitir participaciones, el socio debe informar por escrito a los administradores, obteniendo el consentimiento de la sociedad en la Junta General. Si la sociedad rechaza, debe comunicar la identidad de posibles compradores a los socios. Si estos no adquieren, la sociedad puede comprar. El precio y condiciones se establecen en acuerdo entre las partes.
  • Se invalidan cláusulas que faciliten la transmisión libre de participaciones. Solo se permiten si los estatutos reconocen el derecho de separación del socio. Los estatutos pueden prohibir la transmisión voluntaria por hasta 5 años desde la constitución de la sociedad o desde una ampliación de capital.

2. Transmisión forzosa de las participaciones.

  • En caso de embargo de participaciones, el juez o autoridad administrativa debe notificarlo a la sociedad, que registra el embargo en el Libro de socios y envía copia a todos los socios.
  • Después de la subasta, la aprobación del remate se suspende hasta que este sea firme un mes después de recibir la notificación por parte de la sociedad.
  • Los socios o la sociedad pueden subrogarse en lugar del rematante o acreedor antes de que el remate sea firme, siempre que acepten todas las condiciones de la subasta y consignen el importe del remate y los gastos. Si varios socios se subrogan, las participaciones se distribuyen entre ellos según sus partes sociales.

3. Transmisión mortis causa.

La sucesión hereditaria confiere al heredero la condición de socio, pero los estatutos pueden establecer un derecho de adquisición preferente para los socios sobrevivientes o la sociedad al valor justo de las participaciones, según lo establecido en la LSC. Este derecho debe ejercerse en un plazo máximo de 3 meses desde la comunicación a la sociedad de la adquisición hereditaria.

Proceso de transmisión

Este proceso sigue un conjunto de pasos que aseguran tanto la legalidad como la transparencia en la transacción:

  • Acuerdo entre las Partes: El proceso comienza con un acuerdo entre el vendedor y el comprador. Ambas partes deben negociar y llegar a un consenso sobre los términos de la transmisión. Esto abarca aspectos como el precio de venta, las condiciones de pago y otros términos relevantes para ambas partes.
  • Escritura de Transmisión: Una vez que se alcanza un acuerdo, se procede a redactar una escritura de transmisión de participaciones. En este documento se detallan todos los términos y condiciones acordados entre las partes. Es importante destacar que esta escritura debe ser formalizada ante notario público en España para otorgarle validez legal.
  • Pago y Entrega de Documentos: Una vez que la escritura de transmisión está firmada por ambas partes ante el notario, el comprador generalmente realiza el pago acordado al vendedor. Además del pago, se entregan los documentos necesarios para formalizar la transmisión de las participaciones. Estos documentos incluyen el certificado de titularidad de las participaciones y el libro de socios actualizado.
  • Inscripción en el Registro Mercantil: La última etapa del proceso implica la inscripción de la transmisión de las participaciones en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social de la sociedad limitada. Esta inscripción es crucial ya que otorga validez frente a terceros y garantiza que el comprador adquiera plenos derechos como nuevo socio de la empresa.

En cuanto a las consideraciones legales y fiscales sobre la transmisión de participaciones en una empresa, detallamos a continuación lo siguiente:

  • Impuestos: La transmisión de participaciones puede conllevar implicaciones fiscales significativas. Por ejemplo, en España, la operación puede estar sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) o al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), dependiendo de diversos factores como el tipo de sociedad, el valor de la transacción y la naturaleza de las participaciones.
  • Derechos de los Socios: Antes de proceder con la transmisión, es necesario revisar los estatutos sociales de la empresa y la legislación aplicable para identificar cualquier disposición relacionada con los derechos de los socios. En muchos casos, los estatutos sociales pueden establecer derechos de adquisición preferente, que otorgan a otros socios la opción de comprar las participaciones antes de que se ofrezcan a terceros. Además, la legislación puede requerir la aprobación de la transmisión por parte de la junta de socios o de ciertos grupos de accionistas. Es esencial cumplir con estos requisitos legales para evitar posibles conflictos o invalidaciones de la transacción.

En definitiva, la transmisión de participaciones en una sociedad limitada es un proceso importante que requiere atención a los detalles legales y fiscales. Al comprender los pasos involucrados y las consideraciones relevantes, tanto compradores como vendedores pueden realizar esta operación de manera efectiva y segura.


Este artículo es un resumen de la sesión impartida por Beatriz Morales, Asociada Senior en Garrigues, en el Máster de Dirección y Gestión de Empresas de la Universidad de Alicante, a través de El Club de las Buenas Decisiones.

Os facilitamos el álbum de la sesión.

A través de nuestros programas de formación, tendrán la oportunidad de profundizar en la comprensión de las complejidades legales que afectan la gestión empresarial. Les animamos a que nos contacten para explorar cómo nuestra oferta formativa puede contribuir a su desarrollo académico y profesional en el ámbito empresarial.

Todavía no hay ningun comentario. ¡Puedes ser el primero en dejarnos un comentario!

Enviar tu comentario:

Tu email no será publicado.