Veamos, a fin de conocer este procedimiento y conseguir superar con éxito una inspección, cuáles son las partes que la forman:
Inicio de la actuación inspectora
A diferencia de lo que se cree, no todas las actuaciones inspectoras son debidas a una denuncia, también pueden iniciarse por un orden superior, derivadas de planes o programas de inspección, a petición razonada de otros órganos o por iniciativa propia.
Si se realiza por una denuncia, no se puede desvelar la fuente denunciante, aunque debe conocerse, puesto que no se tramitan las denuncias anónimas.
Modalidades de la actuación inspectora
La actuación inspectora se puede realizar de diferentes formas, a través de:
- Visita al centro de trabajo
Ante esta visita no nos podemos negar a que la inspección entre en la empresa salvo si es domicilio particular en cuyo caso se necesitaría una autorización del juez o el permiso explícito del propietario.
El inspector se identificará siempre que dicha identificación no perjudique el ejercicio de sus funciones.
La inspección también puede realizarse mediante requerimiento de comparecencia ante el funcionario de la empresa, trabajador o quien resulte obligado a la prestación social. Dicha comparecencia se realiza para efectura las aclaraciones pertinentes y aportar la documentación que se solicite en las oficinas de inspección o cualquier otra oficina pública.
- Expediente administrativo
Se realiza cuando de su contenido se deducen los elementos suficientes de comprobación y de convicción para iniciar y concluir la actividad inspectora.
Medidas derivadas de la actividad inspectora
- Advertencias
- Requerimientos
- Requerimientos de carácter general
- Requerimiento de liquidación de cuotas
- Requerimientos sobre seguridad y salud laboral AP
- Requerimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales dirigidos a las empresas
Procedimiento sancionador
Dicho procedimiento se realiza a través de diferentes procedimientos que suponen diferentes sanciones:
El procedimiento sancionador se inicia de oficio, como resultado de la actividad inspectora previa, por acta de infracción de la ITSS
Como medida derivada de la actuación inspectora, consiste en iniciar expedientes liquidatorios por débitos a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta.
- Obstrucción a la labor inspectora
Consiste en iniciar el procedimiento sancionador mediante la extensión de actas de infracción por obstrucción a la labor inspectora que puede oscilar entre la calificación de leve, grave o muy grave.
- Infracciones del orden social
Se tipifican como infracciones del orden social las de relaciones laborales y empleo, Seguridad Social, emigración, movimientos migratorios, trabajo de extranjeros y obstrucción. Serán calificadas de leves, graves y muy graves.
Las sanciones pueden oscilar entre muchas cuantías donde las más importantes coinciden con temas relacionados con la prevención de riesgos laborales.
Es importante conocer todos estos datos para acercarnos a los pormenores de Inspección de trabajo y de seguridad social pero es fundamental, como hemos comentado, estar preparados para superarla, bien asesorados e informados de cualquier infracción que podamos estar cometiendo. Desde este punto de vista basaron su enriquecedora clase Carmen Hernández y Javier Solá, que nos invitaron a conocer en detalle este tema tan fundamental para las organizaciones y los trabajadores que las forman.
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