La prevención de riesgos laborales regula las condiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, equipos de trabajo, obras de construcción, equipos de protección individual, manipulación manual de cargas protección frente a agentes, físicos, químicos, biológicos, cancerígenos, etc. y parte de una muy variada normativa específica.
Los principios generales de la prevención de riesgos laborales parte de que los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo por lo que se supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales.
Desde estas ideas básicas partimos en la sesión que tuvimos sobre Prevención de Riesgos Laborales en el Máster en Dirección y Gestión de Empresas de la Universidad de Alicante de la mano de un profesional que conoce mucho de este tema, José María Gutiérrez.
José María nos trasladó información legal y teórica sobre los conceptos más básicos y necesarios de la PRL pero, además, sumó a la sesión su amplia experiencia en este ámbito y compartió con los asistentes ejemplos y sucesos relacionados que nos hacen ver la parte más práctica y real de este relevante ámbito en las organizaciones.
En cuanto a PRL es obligación empresarial, en cumplimiento del deber de protección, que el empresario garantice la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
La PRL es una asunción personal por el empresario donde se deben designar a trabajadores para ello. El servicio de prevención puede ser propio, mancomunado o ajeno, sin ser excluyentes estas opciones sino complementarias.
La existencia e integración de la prevención se documenta a través del plan de prevención de la organización donde se deberán evaluar los riesgos y planificar, en base a ellos, la actividad preventiva.
La planificación preventiva debe expresar el período de tiempo, las fases, las prioridades así como el programa anual de actividades marcando, en esta planificación aspectos como los medios humanos y materiales necesarios, la asignación de recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos previstos, la planificación de medidas de emergencia, de la vigilancia de la salud y de la información y formación de los trabajadores.
Los trabajadores tienen derechos pero también deberes en cuanto a prevención ya que cada trabajador debe velar por su seguridad mediante el cumplimiento de las medidas preventivas, así como por la de otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. Los incumplimientos de los trabajadores, de sus obligaciones en materia de PRL son incumplimientos laborales a los efectos de aplicación de régimen disciplinario que corresponda.
En prevención de riesgos laborales hablamos, concretamente, de cuatro disciplinas:
Los incumplimientos empresariales en materia de prevención de riesgos laborales pueden aparejar responsabilidad en distintos órdenes, tanto Administrativo, Civil, Penal o de la Seguridad Social.
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