La Prevención de Riesgos Laborales es una normativa específica, y muy diversa, que regula las condiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo, equipos de trabajo, obras de construcción, equipos de protección individual, manipulación manual de cargas, protección frente a agentes químicos, agentes biológicos, cancerígenos, etc.
Dentro de la PRL se pueden distinguir cuatro especialidades: Seguridad y Salud en el trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicología y Vigilancia de la Salud.
Toda empresa ha de adherirse a un sistema de prevención de riesgos laborales, si no quiere tener algún susto por parte de la Inspección de Trabajo, que incluya los siguientes puntos:
Tanto el propio empresario como el conjunto de trabajadores designados por él deben ser los primeros en asumir que la Prevención de Riesgos Laborales es un factor clave en cualquier organización y crear un sistema de prevención propio o mancomunado o contratar una empresa especializada en asuntos de PRL.
La evaluación de los riesgos en materia de prevención ha de realizarse teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo, las características de los trabajadores que deban desempeñarlos, etc.
Debe recoger los medios humanos, materiales y económicos necesarios para la consecución de los objetivos previstos, la formación e información de los trabajadores y una planificación de la vigilancia de la salud y las medidas de emergencia.
Esta formación en PRL debe ser teórica y práctica y adecuada a su puesto de trabajo y a las funciones que realiza.
Es obligación del empresario garantizar la vigilancia periódica del estado de salud de sus trabajadores.
Se debe comunicar directamente al trabajador de los riesgos y las medidas preventivas de su puesto de trabajo a través de los representantes de los trabajadores el sistema de prevención o el propio empresario. De igual modo, a través de los Delegados de Prevención o del Comité de Seguridad y Salud se le debe permitir al trabajador participar en todas las cuestiones que afecten a su seguridad y salud.
Es obligatoria en el caso de que existan varias empresas en un mismo centro de trabajo. En este caso se aplica la Responsabilidad solidaria entre contratistas y subcontratistas y por ello el titular del centro debe tomar las medidas oportunas para que todos los ocupantes del espacio reciban la información y las instrucciones adecuadas.
Toda empresa debe cumplir con las medidas de emergencia: primeros auxilios, prevención contra incendios y las medidas de evacuación entre otras.
Los incumplimientos empresariales en materia de prevención de riesgos laborales pueden aparejar responsabilidad en distintos órdenes: Administrativo, Civil, Penal y Seguridad Social.
La Prevención de Riesgos Laborales afecta tanto al empresario como al trabajador.
En este sentido, cada trabajador debe velar por su seguridad y por la de sus compañeros mediante el cumplimiento de las siguientes medidas preventivas, que deben interiorizarlas como obligaciones específicas:
Los incumplimientos de los trabajadores, de sus obligaciones en materia de PRL son incumplimientos laborales a los efectos de aplicación de régimen disciplinario que corresponda.
Esto es un resumen de la sesión impartida por José María Gutiérrez, Inspector Provincial de Trabajo y Seguridad Social, en el Máster en Dirección y Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Alicante.
Te dejamos el álbum completo de la sesión.
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