Cómo prepararse para una Inspección de Trabajo | Máster en Dirección y Gestión de Empresas | El Club de las Buenas Decisiones | Universidad de Alicante - Formación para Empresarios, Managers y Directivos
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Cómo prepararse para una Inspección de Trabajo | Máster en Dirección y Gestión de Empresas | El Club de las Buenas Decisiones | Universidad de Alicante

Toda empresa, en algún momento de su trayectoria, puede recibir la visita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Lejos de verse como una amenaza, este procedimiento debe entenderse como una oportunidad para validar el cumplimiento normativo y reforzar la cultura de cumplimiento dentro de la organización. En este post te explicamos cómo afrontar con éxito una inspección, qué puede requerir la persona inspectora y qué consecuencias pueden derivarse de su actuación.

¿Qué es la ITSS y cuál es su función?

La ITSS tiene la misión de vigilar y exigir el cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y prevención de riesgos laborales. De acuerdo con el artículo 12 de la Ley Ordenadora del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (LOSITSS), también presta asistencia técnica y puede actuar como mediadora en conflictos laborales.

Además, los inspectores cuentan con amplias facultades (art. 13 y 19 LOSITSS), entre ellas: acceder libremente a los centros de trabajo, recabar información, exigir documentación o interrogar a trabajadores y empleadores.

Es importante tener en cuenta que están obligados a guardar sigilo profesional sobre la información obtenida y se les aplica un régimen de incompatibilidades específico (art. 10 LOSITSS).

¿Qué puede suceder durante y después de una inspección?

Una vez finalizada la fase de investigación, el inspector puede emitir distintas medidas según lo establecido en el art. 22 LOSITSS:

1.  Advertencias y requerimientos

  • Requerimientos generales sobre cumplimiento normativo.
  • Requerimientos de liquidación de cuotas a la Seguridad Social (art. 34.1 TRLGSS).
  • Requerimientos en materia de seguridad y salud, tanto para administraciones públicas como empresas privadas (LPRL y RD 702/2002).
  • En casos de riesgo grave e inminente, el inspector puede ordenar la paralización de trabajos (art. 44 LPRL).

2. Iniciación del procedimiento sancionador

  • Actas de infracción (art. 22.5 LOSITSS): Se levantan si se detecta incumplimiento de normas.
  • Actas de liquidación: Para saldar deudas con la Seguridad Social.
  • Obstrucción: Se consideran infracciones desde leves hasta muy graves las conductas que dificulten la labor inspectora.

¿Cuáles son las sanciones posibles?

Las infracciones se clasifican según su gravedad (art. 1 TRLISOS):

  • Leves: Retrasos en la presentación de documentación.
  • Graves: Obstaculizar funciones inspectoras.
  • Muy graves: Impedir el acceso al centro de trabajo, amenazas o negativa a colaborar.

Las sanciones están reguladas en el art. 40 y siguientes del TRLISOS, y su cuantía dependerá de la gravedad, reincidencia y otros criterios de graduación (art. 39 TRLISOS).

Recomendaciones prácticas para los/as empresarios/as:

  1. Colabora de forma proactiva con el inspector.
  2. Ten la documentación laboral y de prevención actualizada y fácilmente accesible.
  3. Designa a una persona responsable de acompañar y atender a los inspectores.
  4. Consulta con tu asesoría laboral ante cualquier requerimiento o duda.

Una inspección no tiene por qué ser negativa si estás preparado. Una empresa bien organizada y en cumplimiento reduce sus riesgos legales y transmite confianza a trabajadores, inversores y clientes.


Este artículo es un resumen de la sesión impartida por Carmen Hernández Cebrián, Inspectora de Trabajo y Seguridad Social en Ministerio de Empleo y Economía Social, en el marco del Máster en Dirección y Gestión de Empresas, desarrollado por El Club de las Buenas Decisiones en la Universidad de Alicante.

Os facilitamos el álbum de la sesión.

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