Obligaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales | José María Gutiérrez | Máster Recursos Humanos Universidad de Alicante - Formación para Empresarios, Managers y Directivos
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Obligaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales | José María Gutiérrez | Máster Recursos Humanos Universidad de Alicante

Es obligación de la empresa que el desarrollo de la misma transcurra dentro de unos ratios de seguridad y para ello, se han de cumplir unos criterios en cuanto a gestión de prevención de riesgos laborales. En la clase del Máster en Dirección y Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Alicante aprendimos, de la mano de José María Gutiérrez, cúales de estas obligaciones ha de cumplir la empresa para evitar problemas futuros y estar acorde con la ley.

  1. Plan de prevención para la integración de la actividad   preventiva a todos los niveles

En todos los niveles de la empresa se han de cumplir unos criterios de prevención. Esta integración se conseguirá a través de un Plan de Prevención que marcará aspectos como la estructura organizativa, responsabilidades, funciones, prácticas, procedimientos, procesos y recursos.

  1. Organización preventiva

Se han de designar los trabajadores que llevarán a cabo las labores o comprobaciones preventivas en la empresa. Dichas acciones pueden llevarse a cabo por un servicio de prevención propio o ajeno. Ambas posibilidades no son excluyentes entre ellas.

  1. Evaluación de riesgos

Los riesgos van a variar en base a las características de la empresa, la naturaleza de su actividad o las características tanto de los puestos de trabajo como de los empleados que los desempeñan. Debemos evaluar todos estos riesgos y revisarlos de forma periódica así como investigar posibles problemas que se hayan dado en el pasado en la empresa.

  1. Planificación de la actividad preventiva

La planificación debe expresar aspectos como los medios humanos, materianes o económicos para la actividad preventiva así como la planificación de medidas de emergencia, vigilancia de la salud y formación de los trabajadores en materia de prevención.

Marcaremos, a través de la planificación qué periodo, fases o programa anual de actividades vamos a llevar a cabo en la empresa.

  1. Formación de los trabajadores

La formación que reciban los trabajadores ha de ser suficiente y adecuada para su puesto de trabajo y el correcto desarrollo de su actividad. Si el puesto cambia, se ha de ofrecer la formación necesaria para afrontar los cambios, teniendo que actualizar la formación a las nuevas características del puesto.

La formación, además, se habrá de impartir durante la jornada de trabajo y sin coste para el trabajador.

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  1. Vigilancia de la salud

La empresa está obligada a garantizar la vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores. Dicha información ha de cumplir el derecho a la intimidad y confidencialidad.

  1. Participación de los trabajadores

Cada trabajador debe velar por su propia seguridad a través del cumplimiento de las medidas preventivas dispuestas por la empresa, así como por la seguridad de otros trabajadores.

Se nombrará a algunos trabajadores como delegados de prevención.

  1. Medidas de emergencia

La empresa ha de estar al día y cumplir las medidas de emergencia tales como primeros auxilios, prevención contra incendios, medidas de evacuación

  1. Coordinación de actividades

Es obligatoria si hay pluralidad de empresas en el centro de trabajo.

El incumplimiento de estas normas de prevención de riesgos laborales por parte de la empresa puede conllevar sanciones y responsabilidades en distintos órdenes: Administrativo, Civil, Penal o a la Seguridad Social.

Es obligatorio conocer cuáles son las normas y disponer las acciones necesarias para su correcto funcionamiento y cumplimiento en la empresa a fin de evitar posibles sanciones y, por supuesto, posibles riesgos a los que nos podemos enfrentar en nuestras organizaciones.

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