Impuestos en el sistema fiscal español | Lorenzo Gil Maciá | Máster en Dirección y Gestión de Empresas | Universidad de Alicante | MDE - Formación para Empresarios, Managers y Directivos
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Impuestos en el sistema fiscal español | Lorenzo Gil Maciá | Máster en Dirección y Gestión de Empresas | Universidad de Alicante | MDE
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En el mundo de la empresa no podemos olvidar tratar el importante tema de la fiscalidad y las obligaciones que estas empresas, en sus diferentes modalidades, tienen.

Cuando hablamos del concepto de tributo en España hemos de hacer una introducción previa donde lo diferenciemos del concepto de impuesto, que a veces se confunde. Cuando hablamos de Tributos estamos utilizando una categoría general que encuadra tanto los impuestos como las tasas y otras contribuciones especiales. Es decir, todo impuesto es un tributo pero no todo tributo es un impuesto.

A nivel económico pagamos tributos para mantener la estructura pública del estado. El estado recauda para hacer frente a una serie de gastos públicos: educación, sanidad, etc.

A nivel jurídico pagamos tributos porque hay un mandato constitucional en el artículo 31.1 de la Constitución Española que así lo indica.

Estos tributos se basan en una serie de principios constitucionales que detallamos a continuación:

  • Generalidad: Todos hemos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.
  • Igualdad: En igualdad de condiciones, deben ser iguales las cantidades a contribuir aunque hemos de tener en cuenta que no se valoran sólo cantidades sino otras características que generan esas condiciones.  
  • Progresividad: A más ganancia, más se tributa, aunque siempre con ciertos matices. Y no de una forma lineal, sino que de verdad intente ser justa.
  • No confiscatoriedad: No se puede confiscar más de lo que se dispone.  
  • Capacidad económica: Si no hay capacidad económica, no hay impuestos. Es el principal y lo veremos reflejado en los impuestos que detallaremos en este artículo.  

En toda España se pagan los mismos impuestos con carácter general aunque con muchos matices. Luego entramos en las diferencias por Comunidades Autónomas e incluso locales, pero no entraremos en este artículo en tanto detalle, sino que mencionaremos estas obligaciones de forma breve y concisa, hablando de los diferentes impuestos que tenemos actualmente en vigor en nuestro país:

Impuestos que gravan las rentas:

En este caso son impuestos en base a rentas (salarios, actividad económica, donaciones o herencias). Según el principio de capacidad económica, si alguien demuestra no tener estas rentas no tendría que pagar nada.

Pueden actuar sobre toda la renta o en casos más especiales que afectan sólo a determinados tipos de rentas.

Toda la renta:

  • IRPF. Impuesto de renta de personas físicas que sean residentes en España. Cuando la empresa es una persona física o autónomo.
  • IS. Impuesto sociedades. Grava obtención de rentas y beneficios por parte de las sociedades. Grava la renta fiscal de las personas jurídicas.
  • Impuesto Renta no residentes. Grava a aquellos que no son residentes pero han obtenido ingresos en España.

Gravan algunas rentas:

  • ISD. Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Grava donaciones y sucesiones, siendo un impuesto económico que grava la adquisición de bienes y derechos a título lucrativo.
  • IAE. Impuesto actividades económicas. Grava actividades económicas sólo por realizarlas. Las personas físicas están exentas y sociedades sólo las que facturan más de un millón de euros.
  • IIVTNU. Impuesto incremento de valor de naturaleza urbana. Plusvalía municipal. Se gravaría al vender un inmueble.

Impuestos que gravan el consumo:

En este caso no se trata de las rentas y puede no ser una actividad económica pero se cobran a través del consumo que cualquier persona realiza.

Al igual que en el anterior, pueden actuar sobre todo el consumo en general, aunque con diferentes tipos distintos, o sobre algunos consumos especiales.

Todo el consumo:

  • IVA. Impuesto de valor añadido al consumo. Cuando vende una empresa. El IVA recae sobre el cliente que es quien realiza el consumo. Existen 3 tipos de IVA: general (21%), reducido (10%) y super reducido (primerísima necesidad) (4%)
  • ITP. Transmisión patrimonial cuando vende un particular.

Algunos consumos:

  • IIEE: Son impuestos especiales que graban determinados consumos como gasolina, alcohol, tabaco, etc.

Impuestos que gravan el patrimonio.

En último lugar situamos a los impuestos que actúan sobre el patrimonio (ahorro). De igual manera que antes relatamos, si no existe patrimonio no existe obligación de pagar estos impuestos, como sus propios principios antes incluidos ya nos indicaban.

Hay impuestos que se aplican a todo el patrimonio y otros que se ejercen sobre bienes concretos.

Todo patrimonio:

  • IP. Impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas.

Gravan algunos bienes:

  • IBI. Impuesto Bienes inmuebles. Grava la propiedad de bienes inmuebles o la existencia de derechos reales sobre ellos.
  • IVTM. Grava la titularidad de vehículos de tracción mecánica.

Con este breve recorrido esperamos haber aclarado algunos conceptos y haber listado aunque de forma breve, los diferentes impuestos activos en el sistema fiscal español. Es importante conocerlos y también saber cómo actúan, qué excepciones o bonificaciones pueden haber…

Estas conclusiones las hemos extraído de la clase de Lorenzo Gil Maciá en el Máster en Dirección y Gestión de Empresas de la Universidad de Alicante.

Puedes ver el álbum completo de la sesión aquí.

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